Informe técnico del OSIPTEL sobre el cálculo de la penalidad aplicable a la cuarta y última renovación gradual de Telefónica del Perú
- OSIPTEL
- 6 noviembre 2018
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL presentó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) un informe técnico que emplea la Norma Metodológica aprobada –vía decreto supremo– por el ministerio, en el que calcula la penalidad para la cuarta y última renovación gradual de los contratos de concesión de Telefónica del Perú aprobados por D.S. Nº 011-94-TCC.
En el informe de evaluación, sustentado en una audiencia pública realizada a comienzos de octubre, el OSIPTEL calculó una penalidad asociada a los incumplimientos (sanciones firmes y en litigio) por parte de Telefónica del Perú durante el período de evaluación establecido por el MTC entre el 1 de enero de 2009 al 27 de junio de 2014. Asimismo, en el informe se consideró el incumplimiento de las normas de carácter general y nacional que involucran a instituciones como la SUNAT, Ministerio de Trabajo, Essalud y otros, las mismas que solo contribuyen con el 10% de la penalidad total.
Los resultados del cálculo indican que los incumplimientos totales con sanciones firmes por parte de Telefónica del Perú tienen una penalidad de 4.15 años en el plazo de renovación solicitado.
Al respecto, el presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL, Rafael Muente, explicó que la penalidad calculada para la cuarta renovación gradual es mayor a las calculadas en las tres renovaciones graduales anteriores, debido a que se registró un mayor número de incumplimientos y se incluyen, además, aquellos incumplimientos con sanciones firmes que no fueron considerados en las renovaciones anteriores, en la que destaca en particular la sentencia a Telefónica del Perú por competencia desleal contra la empresa AT&T, que en 1999 denunció a Telefónica por haber saturado intencionalmente su red para evitar la comunicación de sus usuarios.
CRONOLOGÍA
La empresa operadora Telefónica del Perú solicitó la cuarta y última renovación gradual de sus contratos de concesión aprobados por D.S. Nº 011-94-TCC, por un período de cinco (5) años adicionales, es decir, hasta el 27 de noviembre de 2032.
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